Cédula de habitabilidad: cómo se obtiene y qué pasa si no la tienes
La cédula de habitabilidad es obligatoria para alquilar, vender o dar de alta suministros. Te explicamos cuándo hace falta, cuánto dura y cómo se tramita paso a paso.
Leer la guía →Emisión de certificados de eficiencia energética, cédulas de habitabilidad (1ª y 2ª ocupación), viviendas de uso turístico y certificados de vivienda usada. Tramitación integral.
El certificado de eficiencia energética (CEE) es obligatorio para todos los inmuebles que se ponen a la venta o en arrendamiento. Lo expide un técnico competente que visita el inmueble, analiza el consumo energético y emite una calificación de la A (muy eficiente) a la G (poco eficiente).
La cédula de habitabilidad de primera ocupación acredita que una vivienda de nueva construcción o gran rehabilitación cumple las condiciones mínimas de habitabilidad establecidas por el Decreto 141/2012. Es imprescindible para la primera inscripción registral y para darse de alta en los suministros (luz, gas, agua).
La cédula de segunda ocupación es la que se requiere para viviendas existentes (no de nueva construcción) cuando se ponen a la venta o en arrendamiento, o cuando la cédula anterior ha caducado. Se emite previa inspección técnica de la vivienda para verificar que cumple las condiciones mínimas del Decreto 141/2012.
La vivienda de uso turístico (HUT) es aquella que sus propietarios ceden a terceros, de manera reiterada y a cambio de contraprestación económica, para una estancia de temporada. En Cataluña, hay que comunicar la actividad al Ayuntamiento y obtener el número de registro para poder anunciarla legalmente en plataformas como Airbnb o Booking.
La Ley 18/2007 del Derecho a la Vivienda establece que, en la transmisión de viviendas que no sean de nueva construcción, los compradores pueden renunciar expresamente a exigir la Cédula de Habitabilidad si un técnico competente certifica que la vivienda puede obtenerla en el futuro, previas obras de rehabilitación. Este documento se denomina Informe para la Transmisión de Vivienda Usada (INH) o Certificado de Vivienda Usada (CHU).
El CEE es obligatorio para: compraventa de cualquier vivienda o local existente, contratos de arrendamiento nuevos, edificios de nueva construcción y edificios públicos > 250 m². Regulado por el RD 235/2013, vigente 10 años (5 si la calificación es G).
Acredita que una vivienda cumple los requisitos mínimos para ser habitada (Decreto 141/2012 en Cataluña). Hay de 1ª ocupación, 2ª ocupación y 1ª ocupación de rehabilitación. Caduca cada 15 años. Sin cédula no se puede vender, alquilar ni dar de alta suministros.
Sí. En Cataluña hay que tener categorización como Vivienda de Uso Turístico (HUT) y registro en la Generalitat. Requiere cédula de habitabilidad vigente, plano acotado y, según el municipio (Barcelona ciudad especialmente), la autorización de la comunidad de propietarios.
Para una vivienda media en el área metropolitana de Barcelona, el rango habitual es aproximadamente 70€-180€ (tasa ICAEN incluida). Pídenos el presupuesto concreto y la primera consulta es gratuita.
En el Registro de certificados de eficiencia energética de edificios que gestiona el ICAEN (Instituto Catalán de Energía). Hasta la inscripción el certificado no es válido legalmente. La inscripción conlleva el pago de una tasa autonómica.
Miramos tu documentación y te decimos si hay recorrido antes de empezar nada. Respuesta en menos de 24 horas laborables.
Si tienes una notificación del Ayuntamiento o del Catastro, el plazo para recurrir suele ser de un mes. No lo dejes.
La cédula de habitabilidad es obligatoria para alquilar, vender o dar de alta suministros. Te explicamos cuándo hace falta, cuánto dura y cómo se tramita paso a paso.
Leer la guía →El certificado de eficiencia energética es obligatorio para vender o alquilar un inmueble. Te explicamos cuándo hace falta, cómo se tramita, cuánto cuesta y cómo puede ayudarte a pagar menos IBI.
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