La parte técnica y catastral de tu operación, resuelta

Cada inmueble mal descrito en el Catastro es sobrecoste fiscal recurrente; cada licencia mal planteada, meses de retraso. Ponemos un arquitecto técnico colegiado en el circuito de tus operaciones, con plazos y presupuesto cerrados.

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Antes de comprar: due diligence técnica

Antes de cerrar la operación, verificamos lo que después sale caro: coincidencia Catastro-Registro-realidad (superficies, linderos, uso), cargas urbanísticas, estado de licencias y cédulas, valor de referencia e impacto fiscal de la transmisión (ITP/AJD, IIVTNU futuro). Un informe previo de pocos días puede cambiar el precio de la operación o evitar una mala.

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Durante: licencias y trámites sin cuellos de botella

  • Licencias de obra mayor y menor, comunicaciones previas y declaraciones responsables: elegimos el régimen correcto para no esperar una licencia cuando basta una comunicación.
  • Licencias de actividad y primera ocupación, con seguimiento activo del expediente ante el Ayuntamiento.
  • Certificados en volumen: energéticos y cédulas para promociones y carteras, con precios por lote y una sola coordinación de visitas.
  • Regularizaciones catastrales de obra nueva, divisiones horizontales y cambios de uso, para que el Catastro refleje la realidad desde el primer día.
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Después: la cartera al día y pagando lo justo

El IBI de una cartera se revisa una vez y se ahorra cada año: auditoría de valores catastrales, subsanación de errores de superficie y uso, bonificaciones no pedidas y devolución de ingresos indebidos hasta 4 años atrás. En muchas carteras, el primer año el ahorro paga el trabajo.

Cómo trabajamos: un interlocutor único, presupuesto cerrado por escrito antes de empezar, plazos pactados e informe colegiado en cada entrega. Sin mínimos: desde una operación puntual hasta un acuerdo marco para toda la cartera.

Cuéntanos tu caso

Miramos tu documentación y te decimos si hay recorrido antes de empezar nada. Respuesta en menos de 24 horas laborables.

Si tienes una notificación del Ayuntamiento o del Catastro, el plazo para recurrir suele ser de un mes. No lo dejes.

Opcional. Si lo dejas, te llamamos nosotros.

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