La licencia urbanística es un acto administrativo que tiene como fin autorizar una actividad en este campo de la construcción. La Administración realiza un control reglado y previo para verificar que se cumplen con los requisitos establecidos por la normativa.
Se otorga un permiso de uso del suelo, construcción, edificación, transformación o rehabilitación. A petición del solicitante, la Administración comprueba la legalidad de las acciones.
Tipos de Licencias

Certificado de legalidad de una construcción o vivienda:
Certificado necesario para demostrar la legalidad de una construcción o vivienda a efectos de obtener la cédula de habitabilidad. Este certificado sólo recoge que la construcción está amparada por una licencia. Este trámite permite solicitar un certificado de legalidad de una construcción o vivienda. Es decir, si ha hecho una obra mayor (obras o cambios en la estructura), el certificado demuestra que esos cambios son legales, y podrá modificar los datos en el Registro de la Propiedad.
Licencia de parcelación urbanística:
La Licencia de parcelación autoriza la división o segregación de terrenos, simultánea o sucesiva, de la cual resulten dos o más lotes aptos para ser edificados, una vez comprobada su adecuación al planeamiento urbanístico aplicable y al régimen legal de formación de parcelas y fincas


Licencia de constitución o de modificación del régimen de propiedad horizontal:
Están sujetos a licencia urbanística previa la constitución o modificación de un régimen de propiedad horizontal, simple o complejo, sobre un edificio o conjunto inmobiliario que comporte un incremento del número de viviendas, establecimientos u otros elementos de aprovechamiento privativo independiente respecto de los autorizados en una licencia urbanística anterior.
A estos efectos, las plazas de aparcamiento y los trasteros solo se han de tener en cuenta si el planeamiento urbanístico o las ordenanzas municipales de edificación regulan su número o dimensión.
Certificado de innecesaridad de la licencia de parcelación o de división horizontal:
Están sujetos al Certificado de innecesaridad de Licencia de división horizontal la constitución o modificación de un régimen de propiedad horizontal, simple o complejo, sobre un edificio o un conjunto inmobiliario cuando no comporte un incremento del número de viviendas, establecimientos u otros elementos susceptibles de aprovechamiento privativo independiente, respecto de los autorizados en una licencia urbanística anterior.


La licencia de primera ocupación es también conocida como la cédula de habitabilidad. La cédula de habitabilidad es un documento administrativo que acredita que una vivienda cumple las condiciones mínimas de habitabilidad que prevé la normativa vigente y es apto para ser destinado a residencia de personas, sin perjuicio de que se desarrollen otras actividades autorizadas.
La cédula se llama:
De primera ocupación si se refiere a viviendas de nueva construcción
De primera ocupación de rehabilitación, cuando se otorga para aquellas viviendas que son el resultado de una intervención o proceso de rehabilitación o gran rehabilitación.
De segunda ocupación Cuando la cédula hace referencia a viviendas que ya han sido utilizadas antes, se denomina cédula de segunda ocupación.
La cédula de habitabilidad es necesaria para transmitir una vivienda en venta, alquiler o cesión de uso, en primera transmisión o en posteriores (salvo los supuestos de exoneración que prevé la normativa vigente). También sirve para darse de alta de los servicios de agua, electricidad, gas, telecomunicaciones y otros servicios.